La inteligencia artificial (IA) ha comenzado a transformar de manera profunda la administración de justicia, especialmente en contextos donde la congestión judicial y la necesidad de una tutela efectiva de derechos fundamentales resultan cada vez más urgentes. Así lo analizan Suárez Manrique, De León Vargas y Luna Salas en su artículo de reflexión, en el que examinan las tensiones y posibilidades de aplicar IA en los procesos judiciales, desde una perspectiva de dogmática constitucional (Suárez Manrique et al., 2019).
El artículo parte de una pregunta fundamental: “¿cuáles son las estrategias de aplicación más eficientes de la inteligencia artificial para la resolución de los procesos judiciales, dentro de la administración de justicia, desde la perspectiva del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva?” (p. 72). La reflexión no se limita a la incorporación técnica de sistemas automatizados, sino que propone una revisión crítica del derecho constitucional como estructura adaptable a los cambios tecnológicos contemporáneos.
Lejos de imaginar un futuro dominado por “jueces autómatas”, los autores aclaran que la IA no sustituirá la figura del juez, sino que funcionará como un apoyo para mejorar la calidad, eficiencia y transparencia en los procesos judiciales. “Este tipo de programas […] no se refieren especialmente a que sea una máquina la que reemplace la labor del juez, sino que existan programas que hagan más eficiente la toma de decisiones judiciales” (p. 73).
Entre los beneficios señalados destacan la automatización de tareas repetitivas, la mejor clasificación y acceso a datos jurídicos, y la reducción del tiempo de resolución de causas. Esta eficiencia, como señalan, se traduce en una justicia más ágil y accesible: “Las TIC pueden posibilitar grandes ahorros de costos y de tiempos […] el acceso más rápido y seguro a datos” (p. 74).
Sin embargo, la investigación también advierte sobre límites éticos y técnicos. Entre los principales retos se encuentra la imposibilidad de lograr una total neutralidad axiológica en los algoritmos, pues “si bien es cierto los algoritmos no están inmersos en estas limitaciones conceptuales, sí lo están las personas que configuran los algoritmos” (p. 80). También se destaca que los algoritmos no tienen la capacidad de capturar por completo los factores contextuales, sociales y morales que influyen en la toma de decisiones judiciales.
Los ejemplos internacionales que citan —como los sistemas “Tuomas” en Finlandia, “XHIBIT” en Inglaterra, y “H@bilus” en Portugal— ilustran cómo diversas jurisdicciones han logrado integrar tecnologías avanzadas para optimizar la gestión de expedientes, la comunicación entre operadores jurídicos y el acceso a la justicia (p. 77).
En cuanto a los marcos teóricos, los autores integran conceptos de la Web Semántica, los sistemas multiagente y la lógica dialógica como ejes clave para pensar la articulación entre IA y derecho. “La clave está en la clasificación, taxonomía, organización y reutilización del conocimiento desigualmente distribuido en la red” (p. 78), apuntan al hablar del potencial de los datos abiertos y conectados (LOD).
Finalmente, los autores concluyen que la IA puede representar un instrumento crucial para modernizar la justicia, pero siempre bajo un enfoque ético, interdisciplinario y con apego a la dignidad humana. “La inteligencia artificial en el derecho está en un periodo de desarrollo con consecuencias disruptivas a mediano plazo”, y si bien puede descongestionar el sistema judicial, también obliga a repensar la formación de los juristas (p. 80-81).
Suárez Manrique, W. Y., De León Vargas, G. I., & Luna Salas, F. (2019). Inteligencia artificial y su aplicación en la administración de justicia. Revista Via Iuris, 11(21), 71–83.
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